El Perú ha suscrito y ratificado números convenios y tratados internacionales en materia ambiental y sobre el aprovechamiento sostenible de sus recursos naturales, los que tienen fuerza vinculante para nuestro país, es decir son obligatorios y que ha dado origen al llamado Derecho Ambiental Internacional. Veamos brevemente cuáles son esos instrumentos internaciones.
Sobre el derecho a la vida, a la salud y a un medio ambiente tenemos: a). La Declaración Universal de los Derechos Humanos, articulo 3º: Todo individuo tiene derecho a la vida (…); Articulo 25º: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar. b). La Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, articulo 1º: Todo ser humano tiene derecho a la vida, (...); Articulo 11º: Toda persona tiene derecho a que su salud sea preservada. c). El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, articulo 6º: El derecho a la vida es inherente a la persona humana. d). El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, articulo 11º: ... derecho a una mejora continua de las condiciones de existencia. e). La Convención Americana sobre Derechos Humanos, articulo 4º: Toda persona tiene derecho a que se le respete su vida. f). La Carta de la Organización de Estados Americanos, articulo 44º incisos a), b): ... derecho al bienestar material y a un trabajo que permita asegurar la vida y la salud. g). La Declaración de Principios y Recomendaciones para la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano (Estocolmo 1972). Fue el primer foro en el que la comunidad mundial puso en discusión los problemas ambientales y propuso soluciones. Esta Declaración constituye una suerte de acta de nacimiento del Derecho Internacional Ambiental.
En materia ambiental tenemos: a). Convenio de Basilea. Resolución Legislativa N° 26234, cuyo objetivo es ”Minimizar la generación de desechos peligrosos en términos de cantidad y peligrosidad; Reducir el movimiento de desechos peligrosos (tóxicos, venenosos, explosivos, corrosivos, inflamables, eco tóxicos e infecciosos”. b). Convenio CITES, sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres. Ratificado por Resolución Legislativa N° 21080, cuyo objetivo es “Establecer una red para el control del comercio internacional, regulando la importación, exportación y reexportación de especies animales y vegetales amenazadas, vivos o muertos, así como sus partes y derivados, a través de un sistema de permisos y certificados”. c). Convenio sobre Diversidad Biológica. Ratificado por Resolución Legislativa N° 26181, cuyo objetivo es “La conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes, la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos. d). Protocolo de Cartagena, sobre Seguridad de la Biotecnología. Ratificado por Resolución Legislativa N° 28710, cuyo objetivo es “Garantizar un nivel adecuado de protección de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y los movimientos transfronterizos”. e). Convenio RAMSAR, sobre la protección de humedales. Ratificado por Resolución Legislativa N° 25353, cuyo objetivo es “La conservación y el uso racional de los humedales a través de la acción a nivel nacional y mediante la cooperación internacional, a fin de contribuir al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo”.
Igualmente tenemos: f). Convenio sobre Cambio Climático. Ratificado por Resolución Legislativa N° 26185, cuyo objetivo es “Lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera, a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático, para que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático”. g). Convenio de Lucha contra la Desertificación y Sequía. Ratificado por Resolución Legislativa N° 26536, cuyo objetivo es “Luchar contra la desertificación y mitigar los efectos de la sequía. Estrategias para el aumento de la productividad de las tierras, la rehabilitación, la conservación y el aprovechamiento de tierras y recursos hídricos, para mejorar las condiciones de vida”. h). Convenio de Viena, para la protección de la capa de ozono. Ratificado por Resolución Legislativa N° 24931, cuyo objetivo es “Alentar la investigación y la cooperación general entre los países, así como el intercambio de información para la protección de la capa de ozono”. i). Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono. Ratificado por Resolución Legislativa N° 26178, cuyo objetivo es “Proteger la capa de ozono adoptando medidas preventivas para controlar el consumo, producción y comercio mundial de las sustancias que agotan la capa de ozono”. j). Protocolo de Kioto. Ratificado por Resolución Legislativa N° 27824, cuyo objetivo es “Reducir y/o limitar las emisiones de gases de efecto invernadero, para promover el desarrollo sostenible”. k). Convenio de Rotterdam, sobre el consentimiento previo fundamentado para la utilización de sustancias químicas (PICs). Ratificado por Resolución Legislativa N° 28417, cuyo objetivo es “Promover la responsabilidad compartida en el comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos, para proteger la salud humana y el medio ambiente”. l). Convenio de Estocolmo, sobre los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs). Ratificado por Decreto Supremo N° 067-2005-RE, cuyo objetivo es “Proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes”.