EGASA y el Puente Chilina

Habiéndose presentado el Informe del Análisis de Riesgos sobre el Impacto que tendría la construcción del Puente Chilina, sobre la planta de generación termoeléctrica de EGASA, y fue realizado por la empresa consultora Sering S.A., la conclusión es contundente: El Puente es incompatible con el funcionamiento de la termoeléctrica. O se traslada la termoeléctrica, o se hace un nuevo diseño del puente.

Pero, parece que la “única” alternativa que se viene manejando es trasladar EGASA. ¿Cuánto costará el traslado de la termoeléctrica? ¿A dónde seria trasladada EGASA? ¿Quién asumiría el costo de su traslado? ¿Cuánto tiempo demoraría la construcción de la nueva planta? ¿Se afectaría la producción de energía eléctrica? ¿Cuándo sería costo total por la construcción del Puente Chilina? ¿Por qué cada mes sube el probable costo de la construcción del cuestionado puente? ¿Porque se siguen haciendo las cosas tan mal en Arequipa?.

Veamos, EGASA actualmente genera 50 megavatios, siendo aproximadamente la demanda actual de electricidad de Arequipa de 340 megavatios, dentro de 5 años la demanda proyectada será 636 de megavatios. Hay que recordar que en junio del año 2002, Arequipa evito la privatización de EGASA, incluso con 2 vidas que se perdieron, ahora parece que EGASA se ira de Arequipa por el Puente Chilina. ¡Qué ironía del destino!.

Por otro lado, en el caso Nº 128-2010 que viene investigando la Fiscalía Penal Especializada en Materia Ambiental, por la ilegal aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental del Puente Chilina, el Ministerio del Ambiente ha emitido el Oficio Nº 300-2010-VMGA/MINAM, que a su vez contiene el Informe Nº 031-2010-VMGA/MINAM, donde de manera indubitable e irrefutable se señala que la autoridad competente para aprobar la Declaración o Estudio de Impacto Ambiental, es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, no es la Gerencia de Servicios al Ciudadano de la Municipalidad Provincial de Arequipa el órgano competente. ¿Cómo queda entonces la Resolución Gerencial Nº 215-2010-MPA/GCC, de fecha 16/Abril/2010?, simplemente es ilegal.

Seguiremos sobre el tema…